Información extraída de la Web de la Dirección General de Política Social y Familia del Gobierno de Extremadura
Pasos a seguir para tramitar una solicitud de adopción autonómica:
1. Presentación de solicitud de valoración psicosocial.
La solicitud ha de ser presentada, junto con la documentación preceptiva que recoge el Decreto 5/2003 en cualquiera de los registros establecidos en dicho Decreto y en la Ley 30/1992.
Pincha en los siguientes enlaces para verlos:
Nuevo Decreto Extremadura adopción de menores
Corrección de Errores DECRETO 5-2003 de 14 de Enero
2. Notificación de apertura de expediente.
Tras la presentación de la solicitud de adopción, las familias recibirán notificación de apertura con el número de expediente que le ha correspondido e información general sobre el proceso de adopción incluyendo la asistencia necesaria al curso de Formación para solicitantes. A partir de aquí los Servicios Sociales de la localidad donde residen les visitarán para hacer un Informe Social sobre la situación de la vivienda, lugar de residencia, núcleo familiar y cualquier otra información que puedan considerar de utilidad.
3. Seminarios de Formación.
Posteriormente, los solicitantes recibirán un calendario de sesiones donde se realizará el correspondiente Seminario de Formación, con el objetivo de dotar a las familias de los recursos y habilidades necesarios para enfrentarse al proceso adoptivo así como de mayores aptitudes para apoyar los procesos de adopción de sus hijos e hijas. Los niños y niñas adoptados se encontrarán con una familia más conocedora de su realidad y necesidades, con más capacidades para proporcionar la atención que necesitan para desarrollarse como individuo. La asistencia al ciclo completo de formación es obligatoria para todas las familias adoptantes, siendo necesaria la asistencia a todas las sesiones por parte de los dos miembros de la pareja o del solicitante monoparental.
4. Valoración Psicosocial.
Tras finalizar el Seminario de Formación recibirán las correspondientes citaciones para entrevistas de valoración tanto Social como Psicológica. A partir de aquí los equipos técnicos responsables de dichas entrevistas elaborarán los informes técnicos que serán presentados en la Comisión Técnica de Valoración.
5. Estudio y dictamen de la Comisión Técnica de Valoración.
Tras finalizar el proceso de valoración, la Comisión Técnica de Valoración analizará las conclusiones de los técnicos y todas la información existente, proponiendo a la Secretaría General la emisión de la oportuna resolución, ya sea Idoneidad, No Idoneidad o No Idoneidad Transitoria.
Aquellas familias cuyo dictamen haya sido el de Idoneidad recibirán la Resolución emitida al efecto quedando a la espera de asignación de un menor susceptible de ser adoptado.
6. Equipo de Postadopción.
Las familias que tengan un menor adoptado tendrán la posibilidad de tener apoyo, orientación, asesoramiento, formación e intervención en relación con las tareas específicas que surjan en la paternidad adoptiva, así como acompañamiento en la búsqueda de orígenes del menor a través del Equipo de Postadopción. Tendrán a su vez la posibilidad, a través de este recurso, de asistir a jornadas, talleres y escuelas de familias adoptivas que se organicen.